Lineamientos mínimos para los Programas de Transparencia y Ética Empresarial
Desde ACOPI Seccional Atlántico, nos complace compartir con ustedes nuestras observaciones y propuestas al Proyecto de Decreto que busca adicionar el Capítulo 4 al Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo a los lineamientos mínimos para los Programas de Transparencia y Ética Empresarial.
Nuestra voz se alza para asegurar que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) de nuestra región sean escuchadas y protegidas en este importante proceso normativo.
📝 Resumen de Nuestras Observaciones y Propuestas:
- Se incluya una disposición diferencial que tenga en cuenta el tamaño de las empresas y su capacidad de absorber nuevos costos, teniendo en cuenta que la Ley 2195 de 2022, establece que las MiPymes se deberán establecer programas de acompañamiento para facilitar la elaboración e implementación de los programas de transparencia y ética empresarial, procurando que no generen costos o trámites adicionales para las mismas.
- Se haga claridad que los entidades de inspección, vigilancia y control en cumplimiento de sus funciones deberán evitar arbitrariedades en sus procesos de supervisión sancionatoria y deberán atender a los principios de modulación de las sanciones, garantizando el derecho fundamental al debido proceso.
- Se elimine los aspectos que contempla el proyecto de decreto en temas de Cabildeo o Lobby, en razón que es el Congreso de la República y no el ejecutivo quien tiene esta facultad por medio de una ley.
- Eliminación de las disposiciones relativas a reglamentar aspectos de contratación estatal, en razón que existe un estatuto de Contratación robusto que garantiza la transparencia en estos procesos, lo anterior con el fin que no haya duplicidad normativa.
- Eliminación de las disposiciones relativas a reglamentar aspectos de contratación estatal, en razón que existe un estatuto de Contratación robusto que garantiza la transparencia en estos procesos, lo anterior con el fin que no haya duplicidad normativa.
- Eliminación de las disposiciones sobre participación y financiación de candidatos y campañas políticas, ya que esta función la tiene por asignada el CNE.
- Eliminación del régimen sancionatorio, teniendo en cuenta que la facultad para establecer un régimen sancionatorio y sus procedimientos debe ser emitida por el Congreso de la república, mediante ley.
- La modificación de la disposición que establece la publicación en paginas web de los obligados y además su publicación en otros medios de divulgación, en razón que hace más gravosa la obligación generándose sobre costos, que impactaran financieramente a los MiPymes. Creemos que, la publicación en la página web constituye un elemento de suficiente publicidad.
- Consideramos que el Proyecto de Decreto debía ser expedido por cada una de las Superintendencias correspondientes, y no por el DAPRE.
Nuestro objetivo es que estas observaciones y propuestas contribuyan a una regulación más justa y adecuada para todas las empresas, especialmente las MiPymes, que son el motor de nuestra economía regional.
Enlaces de Interés:
- Para más detalles, pueden descargar el documento completo de nuestras observaciones y propuestas aquí.
- Podcast Sagrilaft y Gobierno Corporativo